Aranda Formación In Company

In Company

Grupo Aranda Formación somos una compañía dedicada desde el año 1994 a la formación de organizaciones y particulares, centrada en los siguientes pilares: Acceso a Enseñanzas Regladas, Formación Profesional, Formación Ocupacional y Formación para Empresas

En qué consiste la Formación In Company

Aranda Formación In Company. ¿En qué consiste?

La formación in Company consiste en la total adaptación de los contenidos formativos, a las necesidades reales de la compañía y de sus trabajadores.

Además, para las empresas es más complicado asignar horas de formación a sus trabajadores y hacer que estos se desplacen a los puntos de formación.

Aranda Formación es un grupo empresarial que, desde hace 25 años, estamos dedicados a la formación de profesionales y hemos adaptado nuestro perfil formativo al de la empresas.

Después de un análisis de las necesidades, proponemos una solución formativa “ad hoc” para la empresa y sus trabajadores. Ponemos a disposición nuestras instalaciones para impartir la formación o nos desplazamos a las instalaciones de la propia empresa

Cómo trabajamos la Formación In Company

Aranda Formación In Company. ¿Cómo trabajamos?

Grupo Aranda Formación: 25 años formando

Grupo Aranda Formación somos una compañía dedicada desde el año 1994 a la formación de organizaciones y particulares, centrada en los siguientes pilares: Acceso a Enseñanzas Regladas, Formación Profesional, Formación Ocupacional y Formación para Empresas.

Contamos con instalaciones en Madrid, Alcorcón y Toledo, dotadas con recursos tecnológicos y didácticos, que nos permite hacer de nuestra filosofía de orientación a la calidad y a adaptación a las necesidades de los/as alumnos/as, una REALIDAD.

Equipo de Profesionales Especializado

Nuestro equipo docente, tiene una amplia experiencia formativa y proviene del mundo empresarial. De esta forma adaptamos los contenidos a la empresa y a sus necesidades del día a día.

El personal docente está especializado en la materia a impartir, contando con experiencia profesional en el área formativa, por lo que los conocimientos impartidos son fiel reflejo de la actividad laboral que desempeñarán los/as alumnos/as. Además, están en contacto con las novedades y actualizaciones de su área formativa, ofreciendo una formación basada en las nuevas tendencias.

Nuestra Metodología

Para la formación que impartimos adaptada a las necesidades de las empresas, ofrecemos la posibilidad de trasladar la infraestructura necesaria a las instalaciones de la propia empresa para facilitar el proceso de enseñanza-aprendizaje.

Nuestra filosofía de trabajo se basa en la mejora continua de todos los procesos, este empeño en la superación continua se ve reflejado en la implantación desde el año 2011 del sistema de calidad con la norma ISO 9001.

En todas las acciones formativas que impartimos, desarrollamos un sistema de evaluación de la calidad, con la finalidad de detectar aquellos aspectos que son susceptibles de mejora en las siguientes convocatorias, buscando la excelencia.

Cómo trabajamos

Además de la formación orientada hacia los alumnos/as particulares, adaptada a las necesidades laborales del sector de referencia. Diseñamos planes de formación específicos para las necesidades particulares de cada empresa, en función de su situación particular.

Para ello, realizamos una gestión global de su plan formativo, adaptando la formación a las necesidades formativas de las empresas.

Impartimos formación en todas las modalidades, PRESENCIAL, SEMIPRESENCIAL, DISTANCIA y TELEFORMACIÓN.
La formación se adapta a las necesidades formativas de las empresas, tanto en duración, contenidos y metodología.

In Company ¿Cómo trabajamos?

Formación Bonificada ¿Sabía qué?

Aranda Formación In Company. Crédito formativo

Grupo Aranda Formación: Crédito formativo

TODAS las empresas disponen de una ayuda económica (denominada crédito formativo) para realizar formación que se hace efectiva mediante bonificaciones a la Seguridad Social. (Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, por el que se regula el subsistema de formación profesional para el empleo, reformada por el Real Decreto-ley 4/2015, de 22 de marzo).

¿Cómo se calcula tu crédito?

Para calcular el crédito disponible para tu empresa, debes consultar los datos que encontrarás en los Recibos de Liquidación de Cotizaciones ingresados (Base otras cotizaciones) del ejercicio anterior.

Plantilla media: sumatorio nº de trabajadores (Recibos Liquidación Cotizaciones) dividido entre 12.

Existe un crédito adicional para los Permisos Individuales de Formación (PIF). Las empresas podrán financiar los costes salariales correspondientes a estos permisos con el crédito anual de bonificaciones para formación y con el crédito adicional previsto en el Real Decreto 395/2007.

In Company. Crédito empresa

¿Cómo calculo el crédito disponible para mi empresa?

El crédito disponible para las empresas durante el presente ejercicio se calcula a partir de dos datos: lo cotizado por la empresa en concepto de Formación Profesional en el año anterior y el tamaño de su plantilla, que determinará el porcentaje del importe cotizado al cual tiene derecho la empresa:

  • Empresas de 1 a 9 trabajadores: 100%.
  • De 10 a 49 trabajadores: 75%.
  • De 50 a 249 trabajadores: 60%.
  • De 250 o más trabajadores: 50%.

¿Existe un crédito mínimo al cual tiene derecho la empresa?

Todas las empresas que cotizan por Formación Profesional, independientemente de su tamaño y fecha de creación, disponen de un crédito para formación mínimo de 420 euros.

¿Cómo se calcula el crédito en el caso de empresas de nueva creación?

Si la empresa ha sido creada en el año en curso, el crédito resultará de multiplicar el número de trabajadores (de acuerdo con el primer boletín de cotización a la Seguridad Social) por 65 €.

Si la empresa fue creada en el año anterior (y por tanto no cotizó la totalidad de los meses del ejercicio), se aplicará también esta fórmula para el cálculo del crédito si el importe resultante le es más favorable que el que resulta aplicando el procedimiento general.

¿Influye en el crédito la apertura de nuevos centros de trabajo?

En el caso de apertura de nuevos centros de trabajo en el año en curso, el importe del crédito inicial que tenga la empresa se incrementará con el resultado de multiplicar el número de trabajadores nuevos incorporados al centro (de acuerdo con el primer boletín de cotización a la Seguridad Social) por 65 euros.

¿Qué ocurre con el crédito en el caso de verse afectada la empresa en ese año o en el anterior por un proceso de fusión, escisión o transformación societaria?

Esta información se cumplimentará en los datos de la empresa afectada a través de la aplicación telemática en la pestaña de observaciones, para que desde la Fundación se gestione el cambio societario, para lo cual se tendrá en cuenta la cuota de formación profesional informada por la TGSS y se aplicará el porcentaje que corresponda conforme a la plantilla de la empresa resultante.

¿Qué ocurre en caso de aplazamiento en los Seguros Sociales?

La cuota de formación se corresponde con los ingresos efectivamente realizados de enero a diciembre del año anterior; por tanto, la reducción de ingresos en un ejercicio minorará el crédito asignado a la empresa para el ejercicio siguiente.

¿Existe algún límite en la utilización del crédito?

Para todas las empresas existe un máximo financiable del coste de las acciones formativas y que dependerá de la modalidad de impartición (presencial, teleformación, mixta), así como, en el caso de la modalidad presencial, del nivel de formación.

Este coste es calculado automáticamente por la aplicación al introducir las características del curso.

​Modalidad de impartición ​Nivel de formación
Presencial​ Básico Superior
​9 euros ​13 euros
Teleformación 7,5 euros​ ​
Mixta​ Se aplicarán a los módulos anteriores en función de las horas de formación de cada modalidad. ​ ​

¿El crédito cubre el total de los costes de formación o la empresa tiene que hacer alguna aportación?

Las empresas cuya plantilla sea superior a 5 trabajadores están obligadas a participar en la financiación de los costes de formación de su plan de formación anual (es decir, de la totalidad de los cursos que realice y comunique en la aplicación telemática). Esta aportación se denomina cofinanciación.

¿Cómo se calcula la aportación (cofinanciación) que debe realizar la empresa?

La cofinanciación privada varía en función de la plantilla:

  • de 6-9 trabajadores 5%
  • de 10-49 trabajadores 10%
  • de 50-249 trabajadores 20%
  • de más de 250 trabajadores 40%

Las empresas de 1 a 5 trabajadores quedan exentas de cofinanciar con sus propios recursos la formación.

La fórmula para el cálculo de la cofinanciación es la siguiente:

Cofinanciación = (coste total admitido de la formación – bonificación aplicada) + coste salarial de los trabajadores formados en jornada laboral.

La aplicación facilita información sobre el estado de cumplimiento de este requisito.

¿El crédito cubre el total de los costes de formación o la empresa tiene que hacer alguna aportación?

Las empresas cuya plantilla sea superior a 5 trabajadores están obligadas a participar en la financiación de los costes de formación de su plan de formación anual (es decir, de la totalidad de los cursos que realice y comunique en la aplicación telemática). Esta aportación se denomina cofinanciación.

¿El crédito cubre el total de los costes de formación o la empresa tiene que hacer alguna aportación?

Las empresas cuya plantilla sea superior a 5 trabajadores están obligadas a participar en la financiación de los costes de formación de su plan de formación anual (es decir, de la totalidad de los cursos que realice y comunique en la aplicación telemática). Esta aportación se denomina cofinanciación.

¿Existe alguna excepción en el caso de tener la consideración de grupo de empresas?

A partir del 1 de enero de 2016, en caso de pertenecer a un grupo de empresas, cada empresa podrá disponer del importe del crédito que corresponda al grupo, con el límite del 100 por cien de lo cotizado por cada una de ellas en concepto de formación profesional

¿Puede acumularse el crédito de un ejercicio a los siguientes?

Las empresas de menos de 50 trabajadores pueden reservar  el crédito de formación no dispuesto en un ejercicio, y acumularlo en los dos ejercicios siguientes. Dicha voluntad se deberá comunicar a través de la aplicación telemática (en el menú Empresa, apartado Características) hasta el 30 de junio. A partir de esa fecha, esta información no podrá ser modificada.

Aranda Formación Madrid

Madrid

Avenida de la Reina Victoria 8

91 115 02 20

Aranda Formación Alcorcón

Alcorcón

Avenida de la Libertad 77

91 610 40 60

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