En el BOE del 26 de marzo, se publica la Resolución de 22 de marzo de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el II Acuerdo Gobierno-Sindicatos para la mejora del empleo público y las condiciones de trabajo.

Por tanto, seguirá habiendo oposiciones. Se coincide en que existe una necesidad de reforzar las plantillas en el conjunto de las Administraciones públicas y en particular que se necesita un refuerzo de las plantillas en aquellos sectores con mayor incidencia en la prestación de servicios públicos básicos y para los ciudadanos.

La tasa de reposición es mayor que la del 2017 y por tanto debería dar lugar a una importante Oferta de Empleo Público 2018.

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II ACUERDO PARA LA MEJORA DEL EMPLEO PÚBLICO Y DE CONDICIONES DE TRABAJO

El Ministerio de Hacienda y Función Pública y las representaciones sindicales han firmado el 9 de marzo de 2018 el II Acuerdo para la Mejora del Empleo Público.

En relación con la Oferta de Empleo Público 2018 y los procesos de estabilización de empleo público, con este Acuerdo se pretende profundizar:

En lo relativo al incremento en los efectivos de nuevo ingreso
En los procesos de estabilización, ampliando y universalizando el ámbito de los mismos

OFERTA DE EMPLEO PÚBLICO PARA 2018

Detallamos a continuación la tasa de reposición que se ha acordado:

 ESTRUCTURA DE LA TASA DE REPOSICIÓN 2018

1) Administraciones Públicas que hayan cumplido con el objetivo de estabilidad presupuestaria y la regla del gasto:

100 % en todos los sectores (tanto prioritarios como no prioritarios)
108 % en sectores o ámbitos que requieran un refuerzo adicional de efectivos (100% + 8% adicional)
110% en Corporaciones Locales (100% + 10% adicional)

2) Administraciones Públicas que no hayan cumplido los objetivos de déficit, deuda o regla de gasto:

100% en sectores prioritarios
75% en sectores no prioritarios
5% adicional en sectores que requieran un refuerzo adicional de efectivos

3) En todos los Municipios que hayan tenido obligación de prestar un mayor número de servicios públicos entre 2013 y 2017 por incremento de población: 5% adicional

4) Los porcentajes adicionales de tasa de reposición se utilizarán preferentemente:

En sectores prioritarios
Para el establecimiento de nuevos servicios públicos
Para incrementar la actividad estacional por la actividad turística
Por alto volumen de jubilaciones esperadas

5) Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, Cuerpos de Policía Autonómicos y Policía Local:

115% de tasa de reposición
Funcionarios de la Administración Local con habilitación nacional
Hasta el 30%

No computarán dentro del límite máximo de plazas de la tasa de reposición las plazas de promoción interna.

PROCESOS DE ESTABILIZACIÓN DE EMPLEO PÚBLICO

El proceso de estabilización aprobado en 2017 se amplía y se extiende:

A todas las Administraciones Públicas (también entidades públicas empresariales, sociedades, consorcios, agencias, etc).
En plazas de sus servicios de Administración y Servicios Generales, de investigación, de salud pública e inspección médica, personal de Administración y Servicios en las Universidades Públicas y otros servicios que respondiente a necesidades estructurales hayan estado dotadas presupuestariamente y ocupadas de forma temporal e ininterrumpida en los tres años anteriores a 31 de diciembre de 2017, para reducir la temporalidad por debajo del 8% en tres años.

Se garantizará el cumplimiento de los principios de libre concurrencia, igualdad, mérito, capacidad y publicidad.

El proyecto de Presupuestos del Estado para el 2018 que el Gobierno apruebe incluirá estos aspectos acordados en  este II Acuerdo para la Mejora del Empleo Público.

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